Plan de Gobierno

 


 

ESQUEMA GENERAL DE TRABAJO

Plan de Gobierno Preliminar

Candidato a la Alcaldía de Bucaramanga: Dr. Rubén Fernando Morales Rey

Exjuez de la República – Profesor Universitario por 40 años

Movimiento Signatario: Judiciales Somos Justicia

Apoyos: Cuatro partidos y catorce movimientos ciudadanos unificados

1. Marco de referencia y fundamento legal

El presente documento se presenta ante el Comité Técnico de la Registraduría Nacional del Estado Civil como esquema general de trabajo y visión preliminar del plan de gobierno del candidato Rubén Fernando Morales Rey, en cumplimiento del principio del voto programático consagrado en la legislación colombiana (Ley 131 de 1994, Ley 1909 de 2018 y demás normas complementarias).

El candidato reconoce expresamente que el Plan de Desarrollo Municipal vigente fue aprobado por la administración anterior y, por tanto, tiene fuerza de ley para el periodo correspondiente. No obstante, en el marco de las competencias legales del alcalde, se proyecta realizar los ajustes necesarios y permitidos por la ley, y adicionar mejoras estratégicas que garanticen el bien común, la eficiencia administrativa y la sostenibilidad social y fiscal de una ciudad con más de 600.000 habitantes como Bucaramanga.

2. Enfoque y objetivos estratégicos

El plan de gobierno se articulará con el Plan de Desarrollo vigente, preservando su estructura y metas esenciales, pero introduciendo acciones complementarias en los siguientes ejes:

1.       Gobernanza y transparencia: Fortalecimiento de los mecanismos de control interno, rendición pública de cuentas y ejecución del voto programático como instrumento de transparencia.

2.       Movilidad y planeación urbana sostenible: Reestructuración técnica y financiera de Metrolínea, formulación del Mega Plan de Movilidad Metropolitana e integración del POT.

3.       Desarrollo social y económico inclusivo: Formalización laboral, apoyo al empresario y políticas integrales de seguridad con enfoque social.

4.       Infraestructura y servicios públicos: Modernización de redes, infraestructura educativa y cultural, y programas de mejoramiento urbano.

5.       Educación, cultura y talento humano: Consolidar a Bucaramanga como ciudad universitaria e integrar la formación con sectores productivos.

3. Estructura administrativa y técnica de la Alcaldía

La Alcaldía de Bucaramanga es una entidad territorial de categoría especial, clasificación que se otorga a las ciudades con alta población y solidez fiscal, conforme a la Ley 617 de 2000 y normas concordantes. Esta categoría le otorga mayor autonomía administrativa, capacidad de endeudamiento y margen de inversión.

El gobierno municipal se organizará bajo la siguiente estructura básica:

1.       Despacho del Alcalde

2.       Secretaría General

3.       Secretaría de Planeación

4.       Secretaría de Hacienda

5.       Secretaría de Infraestructura

6.       Secretaría de Educación

7.       Secretaría de Desarrollo Social

8.       Secretaría de Salud y Ambiente

9.       Secretaría del Interior y Seguridad Ciudadana

10.   Secretaría de Desarrollo Económico

11.   Secretaría Jurídica

12.   Instituto Municipal de Cultura y Turismo (IMCT)

13.   Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB)

14.   Empresas Públicas de Bucaramanga (AMB, EMPAS, ESSA – según competencias interinstitucionales)

4. Instrumentos de seguimiento y control

- Voto programático y control social: seguimiento público al cumplimiento del programa inscrito ante la Registraduría.

- Comité de Evaluación del Plan de Gobierno: instancia técnica para monitoreo de metas.

- Publicación trimestral de informes de ejecución presupuestal y resultados sociales.

- Portal de Transparencia Municipal con acceso ciudadano a la información contractual y financiera.

5. Compromiso ético e institucional

El Dr. Rubén Fernando Morales Rey reafirma su compromiso con la probidad administrativa, la legalidad y la transparencia pública, declarando:

“Mi única lealtad será con la ley, con la ciudad y con los ciudadanos. La Alcaldía no será un botín político, sino un instrumento de justicia social.”

Con este esquema de trabajo se busca preparar a Bucaramanga para su futuro, consolidándola como una ciudad justa, eficiente, sostenible y socialmente equitativa, en armonía con la visión del Gobierno Nacional y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

 

En mérito de lo expuesto, se presenta el presente escrito y se anexa el programa de gobierno correspondiente, conforme a lo establecido en la normatividad vigente.

Anexo normativo:

En cumplimiento de los requisitos establecidos para la inscripción del programa de gobierno, se cita como referencia la siguiente disposición legal:

LEY 131 DE 1994 (mayo 9)
"Por la cual se reglamenta el voto programático y se dictan otras disposiciones."

El Congreso de Colombia,
Ver: Circular de la Registraduría Nacional del Estado Civil No. 174 de 2012

DECRETA:

Artículo 1°. En desarrollo del artículo 259 de la Constitución Política, se entiende por voto programático el mecanismo de participación mediante el cual los ciudadanos que votan para elegir gobernadores y alcaldes, imponen como mandato al elegido el cumplimiento del programa de gobierno que haya presentado como parte integral en la inscripción de su candidatura.

 

 

Atentamente:

 

RUBÉN FERNANDO MORALES REY

En Bucaramanga, 27 de octubre de 2.025

 

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