ULTIMA HORA - REP. LEGAL DE COLOMBIA HUMANA ARRESTO Y MULTA
NOTA DE PRENSA - ÚLTIMA HORA
Tribunal sanciona a Representante Legal de Colombia Humana por desacato a fallo de tutela
Bucaramanga, 18 de marzo de 2025 – En un fallo que marca un precedente significativo en el cumplimiento de órdenes judiciales, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, Sala Penal de Decisión, ha impuesto una sanción a Andrea Camila Vargas De La Hoz, Representante Legal y Secretaria General del Movimiento Político Colombia Humana, por desacato a una orden de tutela proferida por esta misma corporación el 6 de diciembre de 2024.
La sanción incluye dos (2) días de arresto y una multa equivalente a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, como consecuencia del incumplimiento de la orden judicial que buscaba proteger el derecho fundamental de petición del señor Rubén Fernando Morales Rey.
Candidato a la Alcaldía de Bucaramanga 2023
elegido en consulta interna del Partido COLOMBIA HUMANA:
Antecedentes del caso
El fallo del 6 de diciembre de 2024 ordenó al Movimiento Político Colombia Humana responder de manera clara y congruente a las peticiones radicadas por el accionante los días 25 de mayo de 2023 y 28 de octubre de 2024, en un plazo no superior a 48 horas contadas a partir de la notificación. Sin embargo, el 13 de enero de 2025, el accionante informó que no había recibido respuesta alguna, lo que llevó a la apertura de un incidente de desacato.
A pesar de los requerimientos realizados al partido político y las notificaciones enviadas a los correos electrónicos proporcionados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), no se obtuvo respuesta alguna. El CNE certificó que Andrea Camila Vargas De La Hoz es la Representante Legal del partido desde el 15 de octubre de 2024, lo que la hacía responsable directa del cumplimiento de la orden judicial.
Fundamentos de la decisión
El Tribunal determinó que el silencio del Movimiento Político Colombia Humana, tanto en el trámite de tutela como en el incidente de desacato, evidenció un incumplimiento persistente y deliberado de la orden judicial. Se concluyó que la Representante Legal tenía la capacidad legal y material para cumplir con la sentencia, pero optó por no hacerlo, sin que se acreditara ninguna causal de exclusión de responsabilidad.
El Tribunal interpretó esta conducta omisiva como prueba de dolo, lo que justificó la imposición de la sanción. La decisión busca garantizar el cumplimiento de la orden de tutela y proteger el derecho fundamental de petición, considerado un pilar esencial en un Estado de Derecho.
Implicaciones de la sanción
La sanción impuesta es proporcional a la gravedad de la omisión y será consultada en el efecto suspensivo ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. La multa deberá ser pagada dentro de los tres días siguientes a la ejecutoria de la providencia, a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura.
Este fallo no solo refuerza la importancia de acatar las órdenes judiciales, sino que también envía un mensaje claro sobre las consecuencias de desatender los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Contacto
Para más información, puede contactar al Equipo de Comunicaciones del único candidato a la Alcaldía de Bucaramanga elegido en consulta interna del Partido COLOMBIA HUMANA:
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